DISPOSITIVO
Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial de Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la Perención breve propuesta por la representación judicial de la parte demandada.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE LA RECONVENCIÓN propuesta por el apoderado judicial de la parte demandada
TERCERO: CON LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO OPCIÓN DE COMPRA VENTA interpuesta por los ciudadanos SALVADOR ALEXANDER MARICHALES CARRILLO y JENNY CARLOTA REYES ROJAS en contra de ZULLY YAMILKA ALEXANDRA PEREZ FAJARDO, todos suficientemente identificadas al inicio de presente fallo, en consecuencia, se CONDENA a la parte demandada a lo siguiente:
CUARTO: Pagar la suma de NOVENTA Y TRES MIL BOLÍVARES (BS. 93.000) monto restante que debió ser integrado o restituido conforme a la cláusu.....