III
DECISIÓN
En mérito de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR , el presente recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por el ciudadano Ramón Antonio Puerta Peña, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 11.216.427, representado por el abogado Ramón Alejandro Infante, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 20.558 contra la Providencia Administrativa Nº 63-2004, de fecha 19 de febrero de 2004, suscrita por la ciudadana Marcia Torres Pérez, en su carácter de Inspectora del Trabajo Jefe e el Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, mediante la cual se declaró sin lugar la solicitud de calificación de falta incoada por la empresa Materiales J.J.M., C.A., en contra del ciudadano recurrente.
Publíquese, regístrese y notifíquese a la Procuraduría General de la .....