(...) DECLARA: CON LUGAR la demanda que por motivo de Cobro de Prestaciones Sociales incoara el ciudadano JIMENEZ BRITO SILFREDO JOSÉ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V- 6.363.656, en contra de la empresa AZERTIA GESTIÓN DE CENTROS VENEZUELA, S.A., Sociedad Mercantil debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha catorce (14) de octubre de 1992, bajo el N° 38, Tomo 23-A-Sgdo., y en consecuencia, se ordena la cancelación de los conceptos de Bono Nocturno, Horas Extraordinarias, Días Feriados, Prima por Asistencia, Prestación de Antigüedad, Intereses sobre la Prestación de Antigüedad, Vacaciones y bono vacacional (todo el período), Vacaciones y bono vacacional Fraccionado, Utilidades, Utilidades Fraccionadas, intereses moratorios e indexación, los cuales deberán ser calculados mediante una experticia complementaria del fallo a cargo de un único.....