DECLARA CON LUGAR, la inhibición planteada por la DRA. ALEGRIA LILIAN BELILTY B., en su condición de Jueza Integrante de la Sala Diez de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 17 de Abril de 2008, apartándose así de conocer el asunto penal cursante en esta Alzada, distinguido bajo el Nº 10-Aa 2215-08 (nomenclatura de esta Sala), contentivo de la apelación interpuesta por la ciudadana PATRICIA HERNANDEZ, Defensora Pública Penal Trigésima Tercera (33°) Penal, en su condición de defensora del ciudadano EDUARD HUMBERTO BRICEÑO GUZMÁN, en contra de quien se sigue la presente causa, pretendiendo invalidar la decisión dictada por el Juzgado décimo séptimo (17°) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 25 de Marzo del presente año, en la que se ACUERDA LA PRÓRROGA DE LA MEDIDA JUDICIAL PREVENTIVA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD, que pesa en perjuicio del encausado ya nom.....