III
DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos KARLA JOSEFINA PACHECO SULVARAN y DANIEL FERNANDO GOUVEIA DE ABREU, ambos identificados al inicio de este fallo. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos en fecha 05 de mayo 1993, por ante la Primera Autoridad del Concejo Municipal del Municipio Libertador, Distrito Federal (hoy Distrito Capital), Jefatura Civil de la Parroquia Sucre, según acta Nº 151, folio 151, tomo 1º, año 1.993. Se ordena librar oficio al Registro Civil de la Parroquia el Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital, al Registro Principal del Distrito Capital y a la sede principal del Consejo Nacional Electoral, a.....