V
DISPOSITIVA
Vistas las anteriores exposiciones y oídas como fueron las partes y cumplidas las formalidades de ley este Juzgado Unipersonal Décimo Octavo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley PRIMERO: CONDENA, de conformidad con el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal al ciudadano, HENRY CRESPO FONSECA, de nacionalidad venezolana, nacido en fecha, 25-1-1954, de 52 años de edad, de estado civil, casado, de profesión u oficio, periodista y psicólogo clínico, residenciado en: Torre La Previsora, piso 17, oficina Nor-Este, Sabana Grande, Municipio Libertador, Caracas, y titular de la cédula de identidad No. V-4.362.869, a cumplir la pena de UN (1) AÑO Y CUATRO (4) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de DIFAMACIÓN AGRAVADA, previsto y sancionado en el único aparte del artículo 444 del Código Penal.....