(...) DECLARA: PRIMERO: Que el poder Judicial si Tiene Jurisdicción para conocer de la presente de demanda; SEGUNDO: CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano FELIX HILARIO INFANTE CASTELLANO, en contra de la Sociedad Mercantil FUENTE DE SODA EL LEON C.A,, partes antes identificadas y en consecuencia: Se declara injustificado el despido, por lo que: se ordena a la demandada al reenganche del ciudadano FELIX HILARIO INFANTE CASTELLANO, a su puesto de trabajo en las mismas e idénticas condiciones para el momento de su ilegal despido, asimismo se ordena a la demandada al pago de los salarios caídos que serán calculados desde la fecha de la notificación de la parte demandada, 18 octubre de 2006, hasta la fecha en que se haga efectivo el reenganche del trabajador a su puesto de trabajo, a razón de un salario mensual de DOS MILLONES DE BOLIVARES 00/100 CENTIMOS, (Bs. 2.000.000,00), debiéndose excluir de dicho computo los periodos de receso judicial decretados por la Dirección Ejecutiva.....