la ADMITE cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, se intima al ciudadano ISRAEL RAPAPORT KOFFMAN, mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cédula de identidad NºV-6.124.851, y a la sociedad mercantil INVERSIONES VILIPORT C.A., en su carácter de garante hipotecaria, para que comparezca por ante este Juzgado, DENTRO DE LOS TRES (3) DIAS DE DESPACHO siguientes a la constancia en autos de haberse practicado la ultima de las intimaciones que de los demandados se haga, dentro de las horas comprendidas para despachar de 8:30 a.m. a 3:30 p.m., a fin que apercibidos de ejecución paguen o acrediten haber pagado, Primero: la cantidad de DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL BOLÍVARES (BS.276.000,00), por los conceptos de saldo de capital adeudado en el préstamo signado con el Nº 39-0031158; Segundo: la cantidad de SETENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHO BOLÍVARES CON CINCUENTA CÉNTIMOS (Bs. 78.538,50), por concepto de intereses del préstamo Nº.390031158; Tercero: la cantidad.....