este JUZGADO CUARTO SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara como UNICO PUNTO : IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria contra la sentencia de fecha 27 de abril del 2018, emanada de este juzgado, formulada por la representación judicial de la parte actora plenamente identificada en autos, SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada las características del presente fallo.