IV.- DISPOSITIVA.
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 ordinal 3° del Código de Procedimiento Civil, en virtud de haber transcurrido más de seis (06) meses, sin que el presente proceso hubiese tenido actividad procesal. En consecuencia, se extingue la instancia en el presente juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoara por los ciudadanos MARYLU DEL VALLE VASQUEZ DE CHACON y ROBINSON OMAR CHACON CASTILLO, contra la ciudadana CARMEN MIREYA GARCIA MARBEZ.-
SEGUNDO: No hay pronunciamiento sobre costas, por imperio del artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DÉJESE COPIA, NOTIFIQUESE y BÁJESE en su oportun.....