DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Dos de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado ROMMEL ANDRÉS ROMERO GARCÍA, en su condición de Representante de la víctima, ciudadana MILEIDIS DEL VALLE ANTUARES SANGUINO; y como consecuencia de ello, se REVOCA la decisión dictada por el Juzgado Trigésimo Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, el 05 de mayo de 2009, mediante la cual Negó la entrega del vehículo solicitado, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se ordena la entrega del vehículo Placa: AA264MA, Marca: Renault, Modelo: Logan SINC E2, Modelo 2009, Clase: Automóvil, Serial Motor: F710UD04202, Serial Carrocería: 9FBLSR.....