PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el Artículo 578 Literal “a” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, se admite Totalmente la acusación presentada por el ciudadano Fiscal 116° del Ministerio Público, Dr. BENITO HERMAN PEINADO, en contra de los Adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE)de 17 años de edad, titular de la cedula de identidad (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el Artículo 545 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente), de nacionalidad Venezolana , natural de caracas, fecha de nacimiento 12/03/1988 de estado civil, soltero, profesión u oficio, estudiante hijo de CARMEN CECILIA BLANCO PINTO (v y RAMON ANTONIO BLANCO (V) residenciado: Carpintero valle alto, callejón café casa s/n petare estado Miranda y el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN .....