este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal (unipersonal) en función de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se revoca la Medida Cautelar Sustitutiva dictada al ciudadano HERNÁN JOSÉ QUINTERO, venezolano, natural de Acarigua Estado Portuguesa, donde nació el 08-01-1987, de 18 años de edad, obrero, soltero, domiciliado en la calle 21 con Av. 27, casa s/no, del Barrio 15 de Marzo, Acarigua Estado Portuguesa, titular de la Cédula de Identidad No. V-20.157.193, por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el articulo 452, numeral 8° en concordancia con el artículo 80 todos del Código Penal, cometido en perjuicio de DIANA MARIBAL BALDACCI OLIVERA, por incumplimiento de la misma de conformidad con el tercer aparte del artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal, p.....