PRIMERO: Entregarle a la parte actora el inmueble arrendado el cual se encuentra ubicado en la Av. El Rosario, Urbanización Los Chorros, quinta transversal, casa Nro. 4, de nombre Juana, Municipio Sucre del Estado Miranda, de la ciudad de Caracas. totalmente desocupado, libre de personas, muebles y objetos.-
SEGUNDO: En pagar por concepto de daños y perjuicios debido al uso del inmueble objeto de esta demanda anteriormente identificado, la cantidad equivalente al monto de los cánones de arrendamiento adeudados, es decir, correspondientes al período comprendido desde el mes de Noviembre de 1998, hasta el mes de abril del año 2004, a razón de QUINCE MIL BOLÍVARES EXACTOS, (Bs. 15.000,00), cada uno, más seis meses de cánones de arrendamiento, como indemnización de daños y perjuicios.-
TERCERO: Se ordena la corrección monetaria de las cantidades condenadas.-
CUARTO: Se ordena a la parte demandada que deje solvente todos los servicios públicos básicos como lo son: agua, luz, teléfono, .....