Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: Sin lugar la defensa de falta de cualidad opuesta por la demandada. Segundo: Sin lugar la demanda por calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos incoado por el ciudadano Jesús Antonio Quiroz contra el Salón de Belleza Salvatore e Gaetano, C.A. partes suficientemente identificadas a los autos. Tercero: Se condena en costas a la parte actora por haber resultado totalmente vencida de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.