- III -
Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión que por COBRO DE BOLÍVARES (PROCEDIMIENTO ORDINARIO) incoara el ciudadano AMÉRICO ANDRADE DE ARAUJO contra los ciudadanos TANIA MARKINA TESSAROLO CAMIZZOLA y CARLOS ALFONSO GUERRERO NAVARRO, ampliamente identificados al inicio, DECLARA: DECLARA: SE NIEGA por IMPROCEDENTE la Medida Preventiva de Embargo sobre bienes propiedad de la parte demandada en los términos expuestos por la representación judicial de la parte actora en la presente causa, por no existir en esta etapa del proceso los extremos necesarios para acordarla.
Dada la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICA.....