Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Sin lugar el alegato de inadmisibilidad de la demanda formulado por las codemandadas, y PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales interpuestas por el ciudadano PABLO ANTONIO FARIAS QUIJADA, contra el CENTRO EDUCATIVO ALPHA LEARNING CARACAS, S.C y C.E. ALPHA LEARNING REGIÓN CAPITAL, C.A. plenamente identificados en autos. SEGUNDO: Los conceptos y montos que deberán pagar en forma solidaria las codemandadas al actor son los discriminados en el cuerpo completo del fallo, donde se incluye el pago de los intereses de mora y la corrección monetaria. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESE.....