Con fuerza en los fundamentos precedentemente expuestos, este Tribunal Vigésimo Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos LUIS DEL VALLE FERREIRA RINCONES y FRANCISCA YELMIRA LEZAMA GARCÍA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad números V-12.888.349 y V-10.629.694,, respectivamente; en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído por ante el Juzgado Décimo Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, según consta de Acta de Matrimonio Nº 010 del año 1999, del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicho Juzgado.