Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos PEDRO RAFAEL ALVAREZ RAMOS Y YUVISAY YELITZE HIGUEREY GONZALEZ, conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, quienes contrajeron matrimonio en fecha 21/04/1994, por ante la Primera Autoridad Civil de la parroquia El Valle del Municipio Libertador del Distrito Capital, asentada bajo el número de acta N°70, en los libros de matrimonio llevados por esa oficina. Y ASI SE DECIDE.
Del vínculo matrimonial se procrearon una hija, la cual lleva por nombre SSSSSSSSSSSSS, de once (11) años de edad, tal como se evidencia de las correspondientes actas de nacimiento que cursan en autos. De conformidad con lo di.....