En fuerza de los razonamientos que anteceden, este JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL en nombre de la República y por autoridad de la ley declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la SEPARACIÓN DE CUERPOS de los cónyuges ciudadanos JOHANNA MARIA LADINO GARCIA y CARLOS EDUARDO RENGIFO PEREZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad nros. 17.803.596 y 19.401.816 respectivamente, decretada el 04 de julio de 2012, en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO que los unía, en virtud del matrimonio celebrado en fecha 12 de agosto de 2011, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Vega, Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta en Acta N°. 162, correspondiente al año 2011; Por lo que se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, a los fines indicados en los artículos 475 y 506, ambos del Código Civil Venezolano.
Regístrese, Publíquese y Déjese copia.