DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Sala Siete de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ADMITE conforme a lo previsto en el artículo 439 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto el 28 de julio de 2014, por el abogado Juan Pablo Borregales Delgado inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 22.916, en su carácter de defensor privado de los ciudadanos Sixta Zoila López Acosta y Yani Bazzi Bazzi, titulares de las cédula de identidad Nros. V-10.544.412 y V-5.302.708, respectivamente, contra la decisión dictada por el Juzgado Quincuagésimo Primero (51º) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, el 18 de julio de 2014, mediante la cual acordó medida cautelar .....