-III-
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Vigésimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE la demanda de INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES, intentada por el ciudadano JACKSON JESÚS DÍAZ OCHOA, actuando en su propio nombre y representación, contra el ciudadano HENRY ALBERTO RIVAS GONZÁLEZ, todos ampliamente identificados al inicio del presente fallo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la sala de éste Juzgado Vigésimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los dieciocho (18) días del mes de septiembre de 2017. Años: 207º de la independencia y 158º de la federación.
El Juez,
Dr. CARLOS MARTÍNEZ PERAZA .....