En vista de las consideraciones anteriormente señaladas, resulta forzoso para quien aquí decide, declarar ha lugar la pretensión mero declarativa ejercida por la demandante, ciudadana VIRGINIA JACQUELINE BEHM CHANG, debiendo en consecuencia, declarar sin lugar el recurso de apelación ejercicio por la defensora ad-litem designada, quedando de esta forma confirmada la decisión recurrida y así se dispondrá en forma expresa, positiva y precisa en la parte in fine de este fallo judicial. ASÍ EXPRESAMENTE SE DECIDE.
IV
DISPOSITIVA
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 30 de mayo de 2018, por la abogada YULIMAR SALAZAR FERNÁNDEZ, en su carácter de d.....