declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO interpuesta por los ciudadanos DOMINGO JOSE GUTIERREZ GOMEZ y PAMELA GERALDINE HERNANDEZ MENDEZ, ambos identificados al inicio de este fallo.
SEGUNDO: En consecuencia se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que se perfeccionó entre los solicitantes el día 10 de octubre de 2014, por ante el Registro Civil de la Parroquia Candelaria del Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta del acta de matrimonio No. 141, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por esa entidad.
TERCERO: Líbrese oficio al Registro Civil de la Parroquia Candelaria del Municipio Libertador del Distrito Capital, al Registrador Principal del Distrito Capital y a la Oficina de Nacional Electoral del Distrito Capital; anexándole a los mismos copia certificada de la presente decisión, la cual se ordena expedir de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 ambos del Código de Procedimiento Civil, para lo cual se insta a los so.....