Por lo que la ciudadana Juez toma seguidamente la palabra explicando los fundamentos de hecho y de derecho que llevan al Tribunal a dictar el fallo que de seguida se transcribe dejando constancia que el Tribunal se reserva el lapso a que se refiere el artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal para la publicación del texto integro de la sentencia. Así las cosas este Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ABSUELVE a los ciudadanos SAGID RHAN MOREJON TOUSSAINT, titular de la cedula de identidad N° V-6.331.572, de los cargos formulados por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION A TITULO DE AUTOR MATERIAL, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 2 del Código Penal, en relación a los artículos 80, 82 y 83 Eiusdem; WUAINER A.....