En mérito de las consideraciones anteriores, este Juzgado Décimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PRIMERO: CON LUGAR la demanda por cobro de Prestaciones Sociales incoada por la ciudadana CARIN INDIRA GRAJALES VILLADA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad N° 24.219.487, contra la empresa GUARDERIA Y JARDIN DE INFANCIA " GRAN MAMA". SEGUNDO: Se condena a la parte demandada al pago de la suma de: UN MILLON SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE BOLIVARES CON TREINTA Y TRES CENTIMOS (BS. 1.677.557.33). TERCERO: Se condena asimismo, a la parte demandada al pago de los intereses de mora y corrección monetaria, los cuales serán calculados por un único experto designado por el Tribunal d.....