DISPOSITIVA
Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, la Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARAR CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la Fiscal Auxiliar Octogésima Segunda del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, Abg. Dusay de la Cruz Dueñas González, en contra de la decisión de fecha 23 de septiembre de 2009, mediante la cual acordó al penado ALEXANDER JOSÉ FACIO GASPAR el beneficio de suspensión condicional de la ejecución de la pena por un lapso de diez meses y quince días, y en su lugar acuerda fijar como lapso para el cumplimiento del régimen de prueba, un tiempo de un año, conforme lo dispone el artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal, con las condiciones que se especifican en dicha norma adjetiva pena.....