Por lo antes expuesto, este tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE el recurso de casación propuesto por la abogada LUZ ELENA AGUILAR de RUIZ, en su carácter de apoderada judicial de la parte oferida ciudadana ALEJANDRA CAROLINA SAAVEDRA MAZZEI, contra la sentencia dictada por este tribunal en fecha 21 de octubre del 2009, en el juicio que por OFERTA REAL Y DEPÓSITO sigue la ciudadana PASTORA DEL CARMEN LÓPEZ ZAMBRANO contra la ciudadana ALEJANDRA CAROLINA SAAVEDRA MAZZEI.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión.