En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa interpuesta por el ciudadano ISIDRO LEON FARIÑEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 2.440.234, debidamente asistido por el abogado LUIS JOSE ZAMORA GRANILLO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 87.722, contra la CAMARA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL, mediante la cual solicita la nulidad absoluta del Acto Administrativo de fecha 22 de diciembre de 2000, denominado Noción de Urgencia I, donde se levantó la sanción sobre la homologación de las dietas de los miembros de la Juntas Parroquiales en ejercicio, aprobadas en sesión de fecha 28 de noviembre de 2000.