PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada y, PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso ejercido por la demandante, ambos contra la sentencia de fecha 06 de mayo de 2018, dictada por el Tribunal Séptimo (7°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: SE MODIFICA el fallo recurrido de acuerdo a los términos que a tales fines se indiquen en el texto escrito de la decisión y, en consecuencia se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoada por los ciudadanos LUIS ENRIQUE MORENO, JUAN JOSE MIJARES, BLADIMIR DE JESUS HERRERA y TERESA DE JESUS PINO, contra la entidad de trabajo EMBAJADA DE LA REPÚBLICA DE COREA EN LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, todos plenamente identificados en los autos. ASI SE DECIDE.
TERCERO: Conforme a lo estipulado en el artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal .....