Por las consideraciones antes expuestas y de conformidad con lo preceptuado en los artículos 206 y 211 ejusdem, el Tribunal, declara la Nulidad y sin ningún efecto jurídico todas las actuaciones subsiguientes a la designación del Abogado CARLOS A. BORRERO A., como Defensor Judicial de la Sociedad Mercantil INVERSORA EL EMPORIO DE LA ROMANILLA, C.A., razón por la cual, se impone reponer como en efecto SE REPONE LA PRESENTE CAUSA AL ESTADO DE DESIGNAR NUEVAMENTE AL DEFENSOR JUDICIAL, en la persona del Abogado supra identificado CARLOS A. BORRERO, para que en nombre de la sociedad mercantil INVERSORA EL EMPORIO DE LA ROMANILLA, C.A. y el ciudadano PEDRO ATILIO BORDAD, para que comparezca por ante este Juzgado al segundo (2do.) día de Despacho siguiente a la constancia en autos de haber sido debidamente notificado a manifestar su aceptación o excusa al cargo en referencia y en el primero de los casos preste el juramento de Ley, en el entendido que una vez conste en autos su juramentación,.....