este TRIBUNAL TRIGÉSIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
Primero: CON LUGAR la demanda que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoase la ciudadana Daysi Coromoto Rangel en contra de la demandada M.C. MILLENIUM C.A., y así, condena a la sociedad mercantil M.C. MILLENIUM C.A., al pago de la cantidad de DOS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUETRO BOLIVARES CON SETENTICINCO CÉNTIMOS (Bs. 2.939.454,75) resultante de la sumatoria de los conceptos admitidos y acordados a favor de la accionante.
Segundo: Se ordena la práctica de una experticia complementaria del presente fallo, a cargo de un solo perito, designado por el tribunal ejecutor, cuyos honorarios correrán a cargo de la demand.....