Ahora bien, esta Juez Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, visto que no consta en autos que el ciudadano CARLOS MIGUEL RODRIGUEZ GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-11.312.062, haya presentado la demanda en el plazo establecido en el artículo 466 ejusdem, REVOCA EL DECRETO DE MEDIDA PREVENTIVA DE CUSTODIA PROVISIONAL, en beneficio del ciudadano CARLOS MIGUEL RODRIGUEZ GARCÍA, el día 17 de diciembre de 2.009, por lo tanto, este Tribunal ordena el cierre y archivo del presente asunto. Expídase por secretaría copia certificada del presente sentencia y entréguese a las partes interesadas. Así se decide. Cúmplase.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en el Despacho Judicial a cargo de la Juez Unipersonal Nº XII de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Caracas, 19 de enero de 2010. Años: 199° de la Independencia y.....