Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 6 de noviembre de 2014, por el abogado ALFONSO JOSE LOPEZ, en condición de apoderado judicial de la parte actora, ciudadano ÁNGEL EDUARDO LUSTRINELLI en el juicio seguido contra el INSTITUTO DE VIVIENDA Y HABITAT DEL ESTADO MIRANDA (INVIHAMI), contra el auto de fecha 3 de noviembre de 2014, dictado por el Juzgado Duodécimo (12°) de Primera Instancia de Sustanciació.....