HOMOLOGA con fuerza de cosa juzgada la transacción presentada por la ciudadana MARÍA JOSÉ DE LA CRUZ OSPINO y REPRESENTACIONES CAPCANA 2006, C.A., con excepción del desistimiento de la acción y de la devolución indexada de la cantidad pagada, como ya se expresó. De acuerdo a lo solicitado por las partes, se acuerda un juego de copias certificadas de la transacción y de la presente decisión.-.