(...) Así visto el escrito de transacción cursante a los folios 10 al 19 y presentado por el ciudadano MARIA QUINTERO, titular de la C.I. V-13.205.797, asistido por el abogado MARISOL DA VARGEM, IPSA Nº 109.971, en su carácter de parte oferida y la oferente GRUNENTHAL VENEZOLANA FARMACEUTICA, C.A., en la persona de la abogada JUAN PRINCE, IPSA Nº 57.053, y el cual se da aquí por reproducido, mediante la cual la Oferente paga a la oferida a su cabal y entera satisfacción la cantidad de OCHENTA Y CINCO MIL VEINTICINCO BOLIVARES CON CUARENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs.85.025,44), la cual fue pagada mediante cheque dos cheques de gerencia del Banco Venezolano de Crédito, el primero Nº 00052550, de fecha 03-02-2014, por la cantidad de Bs.61.123,16, a favor del trabajador, y el segundo Nº 00091900, de fecha 30 de enero de 2014, por la cantidad de Bs.23.902,28, que ya le fue entregado, en consecuencia se pide a este Juzgado le imparta la correspondiente homologación al acuerdo transaccional prese.....