este Juzgado Tercero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte presuntamente agraviada en contra de la sentencia dictada en fecha 01 de febrero de 2019 por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional ejercida por la ciudadana CARMEN AMÉRICA CASTAÑEDA CASTILLO contra la entidad de trabajo JUNTA DE CONDOMINIO DE LAS RESIDENCIAS COSTA VERDE EL MÁRQUEZ. TERCERO: Se CONFIRMA el fallo apelado. CUARTO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.