PRIMERO: ADMITE el Recurso de Apelación por los Abogados JOSÉ R. DÍAZ O., MORALIA MORENO y YAHIDI BRITO, pero suscrito por los Abogados JOSÉ R. DÍAZ O. y TAHIDI BRITO, ya que la Abogada MORALIA MORENO, fue nombrada pero no prestó el debido juramento de ley, por lo que no puede ser considerada como parte en la presente causa; en su carácter de Defensores del acusado GILBERTO ANTONIO CAÑAS MELÉNDEZ, en contra de la decisión dictada en fecha 09/02/07, en la Audiencia de presentación de Imputado realizada ante el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, a cargo del Dr. MARCO LÓPEZ TRUJILLO, fundamentada en esa misma fecha, mediante la cual Decretó Medida Judicial Preventiva Privativa de Libertad, en contra del ciudadano GILBERTO ANTONIO CAÑAS MELÉNDEZ, de conformidad con lo previsto en los artículos 250 numerales 1, 2 y 3, 251, numerales 2 y 3 y Parágrafo Primero y 252 todos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de .....