III
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Homologada la Transacción de fecha 23 de febrero del 2007, suscrita por ante la Notaría Pública Décima Sexta del Municipio Libertador del Distrito Capital, entre el ciudadano ANDRES MORENO OROSCO, parte actora en el presente juicio y la ciudadana MARIBEL SOTO, parte demandada, asistida por el Abogado en ejercicio NESTOR HERNÁNDEZ, todos plenamente identificados en la parte inicial del presente fallo, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 277 del Código de Procedimiento Civil no hay especial condenatoria en costas.
TERCERO. Se ordena expedir copias certificadas del escrit.....