Con fuerza en los fundamentos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Vigésimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede Civil, administrando Justicia en nombre la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda que por DESALOJO intentó el ciudadano RAMIRO AVILES BANUS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.297.344; representado en este proceso a través de sus apoderados judiciales, ciudadanos NOEL RAFAEL SANTAELLA HENRIQUEZ y MARILYN ANA JARAMILLO ENRIQUEZ, Abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 80.423 y 128.821, respectivamente; contra la ciudadana FILOMENA ROBLES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-23.681.700, en su carácter de arrendataria; representada en este proceso a través de sus apoderadas judiciales, ciudadanas IRIS MEDINA DE GARCÍA y TAMARA SUCCUR.....