Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 07 de diciembre de 2011 por el abogado MANUEL SALAS ARANGUREN, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada en fecha 29 de noviembre de 2011 por el Juzgado Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio seguido por el ciudadano HUGO IGNACIO RODRÍGUEZ LÓPEZ en contra de la sociedad mercantil TOP TRAINING C.A. SEGUNDO: SE MODIFICA la sentencia apelada teniéndose como válido el pago efectuado al trabajador con motivo de la transacción celebrada entre las partes. TERCERO: No ha.....