En consecuencia, por las razones antes mencionadas, este Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano ANTONIO NAZZARO RONGO, la sociedad de comercio VIOLA TURISMO, C.A. y el ciudadano MANUEL ÁNGEL HERNÁNDEZ, plenamente identificados en autos, en los términos contenidos en su escrito transaccional, y por tanto, DECLARA terminado el proceso.
Asimismo, en virtud del presente pronunciamiento se ordena el levantamiento de la medida preventiva de secuestro decretada en fecha veinte (20) de septiembre de 2012, el Juzgado Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua; así como el levantamiento de la medida cautelar de prohibición de enajenar y gravar decretada por este Tribunal mediante auto de fecha diecinueve (19) de septiembr.....