".presente fecha. ASI SE ESTABLECE.
DECISIÓN
Por los razonamientos expuestos en la parte motiva del presente fallo, este Juzgado Trigésimo Octavo (38) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, DECLARA: PRIMERO: Desestimada la impugnación realizada por CORVEL MERCANTIL C.A., en contra de la experticia del fallo consignada en fecha: 19/09/2011 elaborada por la Lic. Lenor Rivas, revisada por los auxiliares de justicia Lic. Ildemary Granados y Lic. Eugenio Gamboa. Se establece que de dicha revisión se modifico lo referido al calculo de lo señalado en la sentencia proferida por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia. Por tanto, es necesario indicar que los conceptos que se refiere (derivados de la relación de trabajo) aclara.....