Por las razones antes expuestas, este JUZGADO UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio efectuada por los ciudadanos JORGE ANDRES CONTRERAS ZABALA y LIENERZ DEL CARMEN MARTINEZ COLINA.
PRIMERO: Disuelto el vínculo matrimonial, contraído en fecha 20 de marzo de 1992, por ante el Registro Civil de la Parroquia Alonso de Ojeda del Municipio Lagunillas del Estado Zulia, quedando asentada bajo el acta número 50, inserta en los Libros de Registro Civil de Matrimonios del año 1992, de los ciudadanos por los ciudadanos JORGE ANDRES CONTRERAS ZABALA y LIENERZ DEL CARMEN MARTINEZ COLINA.
SEGUNDO: Líbrense sendos oficios dirigidos al Registro Civil de la Parroquia Alonso de Ojeda del Municipio Lagunillas del Estado Zulia, al Registro Principal del Estado Zulia, conforme a .....