Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 25 de marzo de 2024, ratificado en fecha 03 de abril de 2024, por el ciudadano OMAR JESÚS BERMÚDEZ MARIN, asistido por el abogado JESÚS ENRIQUE GOMES, Defensor Público Primero Provisorio con Competencia en Materia Civil, Administrativa Especial Inquilinaria y para la Defensa del Derecho a la Vivienda; contra la decisión dictada en fecha 25 de marzo de 2024, por el Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: INADMISIBLE la demanda de DESALOJO incoada por el ciudadano GUILLERMO SEGUNDO FLORES SERRANO, contra el ciudadano O.....