declara:
1.- ADMITE el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad conjuntamente con Medida Cautelar Innominada interpuesto por los abogados ANDRÉS JOSÉ LINARES BENZO y ANABELLA RIVAS GOZAINE, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 42.259 y 98.588, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (CANTV), sociedad mercantil constituida mediante documento inscrito en el Registro Mercantil que llevaba el Juzgado de Comercio del Distrito Federal (ahora Distrito Capital) el 20 de junio de 1930, bajo el Nro. 387, Tomo 2, cuya última reforma de su documento Constitutivo estatuario quedó inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda el 18 de diciembre de 2003, bajo el Nro. 10, Tomo 184-A-Pro, contra la Providencia Administrativa Nro. P.A. 2010-06 de fecha 17 de julio de 2006, dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital, Municipio.....