Vista la Transacción celebrada entre los ciudadanos ROSA ANA LARDIERI FERRAIOLI Y MARIANN SALEM PEREZ, abogados en ejercicio, de este domicilio, inscritos en el Inpreabogado bajo los números, 55.204 y 67.150 respectivamente, actuando en su carácter de apoderadas judiciales de la empresa demandada FUNDACION CURACAO TOURISM DEVELOPMENT FOUNDATION,. con la cualidad de parte demandada en el presente juicio, y por la parte actora, el ciudadano HUGO JOSEPH LIBIER PAYARES, titular de la cedula de identidad N°: E- 1.051.707 debidamente representado por los ciudadanos, LUIS ALBERTO BUSTILLOS Y MAX BUSTILLOS abogados en ejercicio, de este domicilio, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 42.172 y 18.186, este Juzgado Superior Octavo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, una vez revisado el escrito de transacción observa que el mismo cumple con los requisitos establecidos en el parágrafo único del artículo 03 de la Ley Orgánic.....