Se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de bolívares interpuesta por el FONDO DE GARANTÍA DE DEPÓSITO Y PROTECCIÓN BANCARIA (FOGADE), en contra de DESARROLLOS 13-12 C.A. Se CONDENA a la parte demandada al pago de la cantidad de TRES MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 3.500,00.) por concepto de capital dado en préstamo, la cantidad de DIECISÉIS MIL SETECIENTOS DIEZ BOLÍVARES CON TREINTA CÉNTIMOS (Bs. 16.710,30) por concepto de intereses ordinarios, la cantidad de UN MIL DOSCIENTOS SIETE BOLÍVARES (Bs.1.207,00) por concepto de intereses moratorios. Los intereses moratorios que se sigan causando desde el 01 de julio de 1991, hasta la oportunidad en que quede definitivamente firme el presente fallo, teniendo que para calcular los mismos, se ordena efectuar una experticia complementaria del fallo. Se acuerda la indexación monetaria de la suma del capital adeudado. Por cuanto ninguna de las partes ha quedado totalmente vencida en el presente proceso, no hay condenatoria en costas,.....