"...Así visto el escrito de transacción cursante a los folios 13 al 16 y presentado por el ciudadano RAFAEL ROSALES, titular de la C.I. V-12.419.307, asistido por el abogado ALFREDO BEVILACQUA, IPSA Nº 99.288, en su carácter de parte oferida y la oferente JARDINES DEL CERCADO, C.A., en la persona de su abogado MARWUIN SUAREZ, IPSA Nº 99.879, y el cual se da aquí por reproducido, mediante la cual la Oferente paga a la oferida a su cabal y entera satisfacción la cantidad de CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS TREINTA BOLIVARES CON SETENTA Y UN CENTIMOS (Bs.466.730,71), la que es pagada mediante 2 cheques de gerencia del Banco Banesco, Nº 00062312 y 00062326, ambos de fecha 24-03-2014, por Bs.14.073,52 y 452.657,19, respectivamente, todos a nombre del trabajador, en consecuencia se pide a este Juzgado le imparta la correspondiente homologación al acuerdo transaccional presentado por las partes. En este estado este Tribunal de conformidad a lo establecido en el Artículo 19 de la .....