IV
DISPOSITIVO DEL FALLO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en Sede Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite, de la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana YOEMY CALMA BERBESI, debidamente asistida por la abogada IRMA FLORES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 32.939, contra la decisión de fecha 14 de diciembre de 2011 dictado por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: Se ordena publicar boleta de notificación en la cartelera del Tribunal y remitir copia certificada al Juzgado supuestamente agraviante, a los fines que agregue al expediente signado con el N° AP11-V-.....